REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

GADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinte de febrero del año dos mil seis.

195º y 147º

Por cuanto hoy, 20 de febrero de 2006, corresponde al último día del lapso previsto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para dictar sentencia en la presente causa; y en vista que este Tribunal confronta exceso de trabajo debido a que se encuentran en el mismo estado varios procesos más antiguos en materia interdictal y protección del niño y del adolescente, que, según la Ley, también son de preferente decisión; y, a tenor de lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, que resulta supletoriamente aplicable al presente proceso ex artículos 178 y 451 de la mencionada Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se difiere la publicación de la sentencia que ha de dictarse en este juicio para el trigésimo día calendario consecutivo siguiente a la fecha del presente auto.

El Juez Provisorio,

Daniel Monsalve Torres
El Secretario,

Roger E. Dávila Ortega