REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, doce de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : LH21-L-2004-000039

PARTE DEMANDANTE: AMADEO ZERPA FLORES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Mérida, titular de la cédula de identidad número: V-2.454.309.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: SUSANA KASRINE CHIDIAK Y GONZALO ANTONIO ASUAJE DELGADO, venezolanos, Abogados en ejercicio, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Mérida, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.033.364 y 11.954.720 e inscritos en el Inpreabogado bajo los N°. 32.371 y 106.644 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “TENERÍA MÉRIDA, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 24 de enero de 1973, bajo el N°. 893, siendo su última modificación estatutaria registrada en fecha 14 de febrero de 1995, bajo el N°. 30, Tomo A-3; representada por su Director de Administración, ciudadano Juan Argelich Aiguade, titular de la cédula de identidad N°. 6.391.919.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: PANAGIOTIS PARASKEVAS COLLITIRI, venezolano, Abogado en ejercicio, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Mérida, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.200.915 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 80.276.

MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


De la lectura del contenido del acta levantada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, concerniente a la practica de la Medida de Embargo Ejecutivo decretado por este Tribunal en el presente asunto, de fecha 03 de Julio de 2006, obrante a los folios 425 y 426 del expediente, en la cual las partes intervinientes en dicha ejecución celebraron una transacción por un monto de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (10.300.000,00) manifestando la parte laboral la aceptación de la misma. Solicitando las partes la suspensión de la Medida Ejecutiva de Embargo y por consiguiente, solicitando la homologación de la Transacción celebrada en fase de Ejecución, se le imparta la fuerza de Cosa Juzgada y ordene el archivo del expediente.

Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA en visto al acuerdo celebrado por las partes, procede a declarar la homologación del escrito transaccional impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente, en nombre de la República .Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Cópiese y publíquese. Dada Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida a los doce (12) días del mes de Julio del año Dos Mil seis (2006). Años: 196º de la independencia y 147º de la Federación.


LA JUEZA,
MARIANA APONTE QUINTERO



LA SECRETARIA,

. YURAHI GUTIERREZ QUINTERO


En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.



SRIA.