REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, siete de julio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: LP21-L-2006-000143


ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
MARIA MERCEDES ROJAS DE GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.015.790, de este domicilio.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA:
NESTOR SAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 50.934.

PARTE DEMANDADA:
FIRMA PERSONAL”El Fogón Andino” en la persona de Rosa Santiago de García.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
JAVIER SEGUNDO PARRAGA BAPTISTA Y BEATRIZ ESNEIDA TREJO ESCALANTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 89.461 Y 80.935.

MOTIVO:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy siete (07) de julio de dos mil seis (2.006), siendo las 2:00 de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana MARIA MERCEDES ROJAS DE GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.015.790, de este domicilio, no compareció a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez,


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez


La Secretaria,


Abg. Yurahi Gutiérrez