REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede Alterna El Vigía.
El Vigía, seis de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: LH31-L-1996-000007
SENTENCIA


Visto el escrito de transacción presentado en fecha 12 de diciembre de 2001, por ante el extinto Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida por la abogado: CARMEN YOLANDA MONSALVE DE VARGAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, y el ciudadano: ANTONIO VIDAL ALONSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V- 2.086.369, en su condición de parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio: LIBORIO CAMACHO, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.536, este Tribunal una vez revisada la petición del apoderado de la parte actora manifiesta que recibió el pago de los montos adeudados en este procedimiento, y nada mas tiene que reclamar por los conceptos demandados, por cuanto se observa que la misma cumple con los requisitos exigidos en el encabezamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, por cuanto versa sobre los derechos discutidos en el asunto, y no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA dicha transacción en los términos expresado por las partes en el referido escrito, dándole efecto de cosa juzgada.
La Juez

Abg. Reina Rondón Graterol

La Secretaria

Abg. Ivett Aristimuño


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos expidiéndose copia fotostática certificada de la anterior decisión, agregándose al copiador correspondiente.
La Secretaria

Abg. Ivett Aristimuño