REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL : LL11-P-2001-000099
ASUNTO : LL11-P-2001-000099

Visto que en decisión de fecha 09-05-2006, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, modificó el quantum de la pena al penado MAURO JOSE SERRADA; condenado a cumplir NUEVE (09) AÑOS, DE PRISION, en tal sentido, este Tribunal acuerda elaborar cómputo actualizado para verificar la fecha de cumplimiento de la pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, y al efecto se observa que el penado fue detenido el 09-02-1998, permaneciendo en las mismas condiciones hasta el 08-02-2002, es decir por CUATRO (04) AÑOS, , posteriormente fue detenido en fecha 27-08-2002, permaneciendo desde el 04-11-2005 con el Beneficio de Régimen Abierto, es decir por TRES (03) AÑOS, UN (01) MES, CATORCE (14) DIAS, que sumado a DOS (02) REDENCIONES de fecha 23-03-2004 por DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES, SEIS (06) DIAS y 22-04-2005 por SEIS (06) MESES, DIESCISEIS (16) DIAS, DOCE (12) HORAS, le da un total de pena cumplida con redención de ONCE (11) AÑOS, UN (01) MES, SEIS (06) DIAS, DOCE (12) HORAS; y por cuanto le fue modificado el quantum de la pena, a NUEVE (09) AÑOS de Prisión, es por lo que se evidencia que el penado tiene cumplida en su totalidad la condena impuesta, mas las accesorias. A tal efecto se ordena la inmediata libertad del penado, es por lo que se libra boleta de excarcelación junto con oficio al Centro de Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor Rodríguez. Notifíquese al penado, a la Defensa y a la Fiscal XIII del Ministerio Público. De igual manera remítase mediante oficio, copia del presente auto al Centro Penitenciario de la Región Andina, a los fines de que sea agregado a la respectiva carpeta carcelaria. Notifíquese al Ministerio Público a la defensa y al penado Cúmplase.

EL JUEZ DE EJECUCION N° 02

Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS

La Secretaria.

Abg.