REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SECCION DE ADOLESCENTES. JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÒN. Mérida; 20 de julio del año 2006.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
196 y 147º
CAUSA Nº E1-420-06
ASUNTO: AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.
ADOLESCENTES: IDENTIDADES OMITIDAS.
VICTIMA: MENDEZ CONTRERAS EDECIO DE JESUS.
FISCALIA DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO.

Vista la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, firme, dictada por la Jueza Profesional en funciones de Control Nº 1 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal Extensión de El Vigía, dictada en fecha 28 de junio del año 2006, inserta a los folios ciento catorce (114) al ciento dieciocho (118) de las presentes actuaciones; mediante la cual decretó el sobreseimiento definitivo a favor de los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS; este Tribunal ejerciendo las funciones previstas en los artículos 646 y 647, literal a, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, pasa a dictar auto ejecutorio de la referida sentencia, en los términos siguientes:-----------------------------------------------------------------
PRIMERO: Corre inserta a los folios ciento diecisiete (117) y ciento dieciocho (118) la parte dispositiva de la sentencia, en la que la Juez actuante acordó la entrega al ciudadano EDECIO DE JESUS MENDEZ, del arma de fuego debidamente descrita, en la experticia de reconocimiento legal Nº 9700-230, de fecha 20 de agosto del año 2003 y experticia balística Nº 9700-134-3786 de fecha 19 de septiembre del año 2003, suscrita por la Inspectora Jefe Blanca Zulia Niño y el Inspector Franklin García Rivas, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Región Táchira. -------------------------------------------------------------------------
Así mismo, la juez actuante acordó la entrega de un equipo de sonido marca Sony, serial 4414116, con sus respectivas cornetas y de un VHS, marca Panasonic, serial H01A953666, incautados en el procedimiento y debidamente descritos en la experticia de reconocimiento legal Nº 9700-230 de fecha 20 de agosto de 2003, inserto al folio 50.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ahora bien, acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL EJECUTESE DE LA REFERIDA SENTENCIA y en tal sentido acuerda citar al ciudadano EDECIO DE MENDEZ CONTRERAS, para el día___________________ a las ___________________ a los fines que demuestre la propiedad y el permiso para portar el arma de fuego, a que se contrae la orden judicial de entrega. -------------------------------
En cuanto a la entrega de los objetos, a que hace referencia la Juez sentenciadora en el numeral cuarto de la sentencia, esta Juzgadora estará a la espera de la solicitud por parte de quien demuestre ser propietario de los objetos descritos en el acta de experticia Nº 9700-230 de fecha 20 de agosto de 2003, inserto al folio 50, toda vez que la resolución no indica la persona a la que deba entregárseles.---------------------------------
Notifíquese a la Fiscal Décima Octava del Ministerio Público.-------------------------------

LA JUEZA TITULAR EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 1,


ABOG. MELISA ELENA QUIROGA DE SÁNCHEZ.

LA SECRETARIA


ABOG. YANETH MEDINA

En fecha _______________________y conforme al auto que antecede se libró boleta de citación Nº¬_______________ y notificación Nº______________________


La Secretaria