Ciento cuarenta y siete (147)

GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, a los once (11) días del mes de julio del año dos mil seis (2.006).-

195° Y 146°


Por recibido, désele entrada el curso de ley correspondiente y de conformidad con lo previsto en el Artículo 96 del Código de Procedimiento Civil, a partir de la presente fecha se dejará transcurrir ocho (08) días hábiles de despacho para que cualquier interesado presente las pruebas relacionadas con la presente incidencia de recusación, debiendo emitir este Tribunal el pronunciamiento al noveno (9°) día hábil de despacho siguiente al de hoy.-


El Juez Temporal,


Homero Sánchez Febres

La Secretaria,


María Auxiliadora Sosa Gil





Ycma.

Exp. 4531