AUDIENCIA DE PRUEBAS:

En horas de despacho del día de hoy, once de julio de dos mil seis, siendo las diez de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal, para que tenga lugar la audiencia de pruebas conforme al auto dictado en fecha 16 de junio del presente año, (folio 100). Se anuncio el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil de este Tribunal y se declaró abierto el acto. No se encuentran presentes ninguna de las partes, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial. En este estado el Juzgado declara desierto el acto. En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 871 del Código de Procedimiento Civil, de conformidad con el artículo 271 eiusdem, declara extinguido el proceso a que se contrae el presente expediente, por la remisión que hace el artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre. Así se decide. De conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo copia fotostática certificada de la presente decisión. Terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez Temporal,


Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria Temporal,

Abg. Ana Thais Núñez

Exp. Nº 2936
acm.-