REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, jueves veintisiete de Julio de dos mil seis.-
196° y 147°
Visto el Convenimiento celebrado por las partes demandante y demandada en el presente juicio, ante el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial, según acta de fecha 20 de Julio de 2006, que riela inserta a los folios 15 y 16 y sus vueltos del cuaderno separado de medida de Secuestro, este Tribunal en consecuencia, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se abstiene de dar por terminado el juicio y de archivar el expediente mientras nos conste en autos el cumplimiento de la obligación de la parte demandada. Déjese copia certificada del presente auto.
La Juez Provisorio,
Abg. Roraima Solange Méndez de M.-
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Monsalve.-