REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, 22 de Junio del año dos mil seis.
196º y 147º
VISTA.- El acta de convenimiento levantada a los ciudadanos Leal Pereira Dayimar y Uzcategui López Héctor Alonso, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-16.019.521 y V-13.525.528, por ante este Tribunal en fecha 20 de Junio del 2006, quienes convinieron en el siguiente acuerdo con respecto al régimen de visitas: El ciudadano Héctor Alonso Uzcategui López, padre de los niños OMITIR NOMBRES, podrá tener contacto con ellos, los fines de semana cada quince (15) días desde el Sábado a partir de las 09:00 am hasta el domingo a las 12:00 pm, comprometiéndose el ciudadano Héctor Alonso Uzcategui López en buscarlos y retornarlos a los niños al domicilio de la madre ciudadana Dayimar Leal Pereira. En cuanto a las vacaciones escolares y de fin de año serán compartidas en un cincuenta por ciento (50%) y el resto de los días feriados compartidos alternativamente. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños OMITIR NOMBRES, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos Leal Pereira Dayimar y Uzcategui López Héctor Alonso, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 09871 de Fijación de Régimen de Visitas. CÚMPLASE.-----------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
Mj/09871