REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinte de junio de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: LP21-L-2006-000201

ACTA DE DESISTIMIENTO

PARTE ACTORA:
JURITZA ELIANA BELANDRIA PALACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.483.438, de este domicilio.

APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE:

LUIS ALFONSO CHOURIO GARCIA, LUIS CARLOS CHOURIO GARCIA Y RICARDO PAOLINI, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 73.699,109.851 y 65.903, en su orden.

PARTE DEMANDADA
SERGIO CHAUSTRE, en su condición de propietario de las firmas personales “Servicios de Computación (SERVICOMP) y CIBERCOMP”

MOTIVO:
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy veinte (20) de junio de dos mil seis (2.006), siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia que la parte actora JURITZA ELIANA BELANDRIA PALACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.483.438, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez,


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez



La Secretario


Abg. Yurahi Gutiérrez