REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 1 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2004-000736
ASUNTO : LP01-P-2004-000736
AUTO ACORDANDO REMISIÓN DE ARMAS A LA D.A.R.F.A.
Por cuanto en el Auto de Ejecución de Sentencia que obra a los folios 594, 595 y 596 de la presente causa, por error involuntario esta juzgadora no se pronunció con respecto a la decisión del Juez de Juicio N° 03 de remitir las armas incautadas a la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales (DARFA), se procede a cumplir con lo omitido, de conformidad con lo previsto en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, cumpliendo con el dispositivo del fallo dictado por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 de este Circuito Judicial, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y pro Autoridad de la Ley, acuerda conforme al artículo 33 del Código Penal y 10 de la Ley de Armas y Explosivos, oficiar al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación de Mérida, Estado Mérida, a los fines de que ponga a disposición de la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales (DARFA) las dos armas de fuego identificadas en la Planilla de Remisión N° 232-04, de fecha 15-11-2004, correspondiente al expediente N° G-820.484, de la numeración llevada en ese Organismo de Investigación.
Igualmente, se acuerda librar oficio a la Dirección de Armamento de las Fuerzas Armadas Nacionales (DARFA), participándole lo ordenado en el presente auto.
La Juez de Ejecución N° 02
Abg. Aura Avendaño de Fernández
La Secretaria
Abg. _______________________
Se cumplió con lo ordenado. Se libraron Oficios Nos. ______________________________________________.-
La Secretaria
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