REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 7 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2005-009164
ASUNTO : LP01-P-2005-009164
TRASLADO AL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LOS ANDES
Visto el escrito que antecede, mediante el cual la Defensora MAIRET UZCÁTEGUI, solicita se autorice el traslado de su Defendido ESCALONA IRWING JAVIER al Hospital Universitario de los Andes “…a los fines de realizarle placa por disparos recibidos en su pierna derecha, cuyos proyectiles aún tiene dentro de la misma y le causan fuertes dolores, este Tribunal a los fines de decidir observa:
UNICO: El artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece la salud como un derecho fundamental, señalando que todas las personas tienen derecho a la protección de la salud; por lo tanto, consideramos que lo procedente en el presente caso, a los fines de salvaguarda este derecho constitucional este Tribunal considera procedente acordar el traslado solicitado. Así se decide.
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena el traslado del penado IRWING JAVIER ESCALONA, al Servicio de Medicina Interna del Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes, el día lunes doce (12) de mayo de 2006, a las siete de la mañana, a fin de que sea evaluado sobre el padecimiento que dice tener y se le suministre le tratamiento que el mismo necesite.
Se acuerda librar oficio al Departamento de Medicina del Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes, participando de la presente decisión y Boleta de Traslado dirigida a la Directora del Centro Penitenciario, para que el penado sea trasladado al IAHULA, el día y hora indicados en el presente auto. Se acuerda igualmente, librar Boletas de Notificación a las partes.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG. ___________________________
Se libraron las Boletas de Notificación Nos. ____________________________________, Oficio N° ______________________ y Boleta de Traslado No. ________________________.
La Secretaria
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