REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-000587
ASUNTO : LJ11-X-2006-000015
Visto el oficio N° 131 de fecha 20-06-2006, procedente del Centro Penitenciario Región los Andes con sede en San Juan de Lagunillas del Estado Mérida, en el cual informan que el Ejecútese de Sentencia de fecha 25-05-2006 del penado AGUDELO BLANDON YEISON presenta un error involuntario por cuanto en la fecha de cumplimiento la cual seria el 20-06-2008 y no el 19-08-2006 y fue sentenciado a 2 años, 4 meses; procede a elaborar nuevo computo actualizado, para verificar el cumplimiento de pena del penado Agudelo Blandon Yeison, a tal efecto se observa que dicho penado fue detenido el 20-02-2006, permaneciendo en las misma condiciones hasta la presente fecha 27-06-2006; ha cumplido un lapso de pena de CUATRO (04) MESES Y SIETE (07) DIAS, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir UN (01) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS, la cual cumplirá el día 20-06-2008, al finalizar el día. Remítase copia certificada con oficio a la Directora del Centro Penitenciario región los Andes. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02
Abg. JESUS ORLANDO RONDON CONTRERAS.
La Secretaria
Abg.