REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y MENORES

GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, a los seis (06) días del mes de junio del año dos mil seis (2.006).

196° y 147°

En acatamiento a lo ordenado en la decisión dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 12 de julio de 2005, y por cuanto consta en autos la notificación y el oficio ordenado en auto de fecha 19 de septiembre de 2005, se acuerda el cierre y el archivo del presente expediente en virtud de que no existen mas actuaciones que realizar.

El Juez Temporal,


Homero José Sánchez Febres

La Secretaria,


María Auxiliadora Sosa Gil


Certifíquese por Secretaría, para su archivo, copia del auto anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 112 eiusdem, debiéndose insertar al pie de la misma el contenido del presente decreto.


La Secretaria,


María Auxiliadora Sosa Gil
embp