REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Trece de Junio del dos mil seis.-
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha Siete de Junio del dos mil seis, suscrita por el abogado JULIO ALVIADES ROJAS PEÑA , con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, mediante la cual apeló de la decisión dictada por este Tribunal de fecha Cinco de Junio del 2.006, en consecuencia este Juzgado ordena previamente realizar por secretaria un cómputo de los días de despacho que han transcurrido en este tribunal en este proceso, desde el día Cinco de Junio exclusive, hasta el día Siete de Junio de 2.006 inclusive a fin de determinar si la apelación fue interpuesta dentro del lapso de Ley.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
LA SUSCRITA ABOGADO AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, expuso: En atención a lo ordenado en el auto anterior, y revisados como fueron los libros diarios llevados por este Tribunal durante el mes de Junio del 2.006, HAGO CONSTAR: Que desde el día Cinco de Junio del 2.006 exclusive hasta el día Siete de Junio del 2.006 inclusive, transcurrieron en este Juzgado DOS DIAS DE DESPACHO, siendo estos días el Seis y siete de Junio del 2.006. Conste, Mérida, Trece de Junio del 2.006.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Trece de Junio del dos mil seis.-
196° y 147°
Visto el cómputo realizado por secretaria y por cuanto del mismo se observa que la apelación interpuesta por el abogado JULIO ALVIADES ROJAS PEÑA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada reconviniente en el presente juicio, en contra del auto dictado por este Tribunal de fecha Cinco de Junio del 2.006, fue hecha tempestivamente, en consecuencia oye dicha apelación a un solo efecto, y se ordena remitir copias fotostáticas debidamente certificadas de las actas que señalen las partes como las que a bien tenga señalar este Tribunal y remítanse con oficio al Tribunal de Alzada distribuidor, para que al que le corresponda por distribución conozca de la misma.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN