REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
LA SUSCRITA ABOGADO, AMAHIL ESCALANTE N., SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. HACE CONSTAR. Que siendo el día de hoy, Quince de Junio del 2.006, señalado para agregar ESCRITO DE INFORMES, en el presente proceso, se deja constancia que siendo las 10. Y 30 de la mañana, se hizo presente en la secretaria del Tribunal la ciudadana THAIS CAMACHO LUZARDO, abogada en ejercicio, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 25.664, apoderada especial de la parte demandada reconviniente en el proceso abogada IRIS ESPINOZA PINEDA, y presento su diligencia de esta misma fecha, donde consigna su escrito de informes constantes de 69 folios, los cuales de conformidad con el Artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, se ordena agregar a los autos y de lo cual daré cuenta al Juez.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
LA SUSCRITA ABOGADO, AMAHIL ESCALANTE N., SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. HACE CONSTAR. Que siendo el día de hoy, Quince de Junio del 2.006, señalado para agregar ESCRITO DE INFORMES, en el presente proceso, se deja constancia que siendo las 11.38 minutos de la mañana, se hizo presente en la secretaria del Tribunal la ciudadana, abogada en ejercicio, MARIA AUXILIADORA MORENO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 25.631, apoderada judicial de la parte demandante en el proceso, y presento su diligencia de esta misma fecha, donde consigna su escrito de informes constantes de 04 folios, los cuales de conformidad con el Artículo 107 del Código de Procedimiento Civil, se ordena agregar a los autos y de lo cual daré cuenta al Juez.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Quince de Junio de dos mil seis.-
196º y 147º
Siendo el día de hoy señalado para que sean presentados los informes en el proceso, las apoderadas de ambas partes consignaron sus escritos de informes, los cuales fueron agregados al expediente y de conformidad con el Artículo 513 del Código de Procedimiento Civil, se abre un lapso de OCHO DIAS DE DESPACHO, para que cada parte pueda consignar dentro del lapso, por escrito sus observaciones a los informes de la contraria, contados a partir del día de despacho siguiente al de hoy.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.