REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

LA SUSCRITA ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. HACE CONSTAR: Que hoy quince de junio del dos mil seis, siendo el día fijado por este Tribunal para que la partes consignen INFORMES, se presento por ante el Despacho de este Tribunal la Abogada: BETTY COROMOTO PEÑA VERA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, quien consigno escrito de Informes en cuatro (4) folios y dos(2) anexos, a la 1:52 PM, según se desprende de la nota de secretaria inserta en dicho escrito, por lo que se ordena agregar al expediente. Este Tribunal de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil ordena agregar al expediente el presente escrito, y de lo cual daré cuenta al Juez conforme a la Ley. Conste, Mérida, quince de junio del dos mil seis.


LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN


















LA SUSCRITA ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA TITULAR, DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. HACE CONSTAR: Que hoy quince de junio del dos mil seis, siendo el día fijado por este Tribunal para que la partes consignen INFORMES, se presento por ante el Despacho de este Tribunal la Abogada: BELKIS ZULAY DURAN CALDERON, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, quien consigno escrito de Informes en cuatro (4) folios, a la 3:20 PM, según se desprende de la nota de secretaria inserta en dicho escrito, por lo que se ordena agregar al expediente. Este Tribunal de conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil ordena agregar al expediente el presente escrito, y de lo cual daré cuenta al Juez conforme a la Ley. Conste, Mérida, quince de junio del dos mil seis.



LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMHAIL ESCALANTE NEMAN




















JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida quince de junio del dos mil seis.

196° y 147°

Vencido como se encuentra el lapso previsto en el artículo 512 del Código de Procedimiento Civil, para presentación de los Informes en el presente juicio y por cuanto se observa que ambas partes actora y demandada a través de sus apoderadas judiciales, consignaron escritos de Informes en el presente proceso. Este tribunal no entra en términos para decidir hasta que no se encuentre vencido el lapso de ocho (8) días previstos en el artículo 513 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.

EL JUEZ TEMPORAL,


ABG. JUAN CARLOS GUEVARA


LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN