REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Ocho de Junio de dos mil seis.-

196º y 147º
Hágase por secretaria el cómputo de los días de despacho que han transcurrido en el presente proceso desde la fecha en que se admitieron las pruebas en el proceso, que lo fue el día 16 de febrero de 2.006, exclusive, hasta el día de hoy inclusive, a fin de determinar si se encuentra ya vencido el lapso de evacuación de pruebas en el juicio, tomando en cuenta el lapso transcurrido en el juzgado comisionado, a los fines de fijar la causa para informes.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.

LA SUSCRITA ABOGADA, AMAHIL ESCALANTE N., SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Expuso: En atención a lo ordenado en el auto anterior y de la revisión hecha en los libros diarios llevados por este Tribunal dejo constancia: Que desde el día 16 de Febrero de 2.006 exclusive, hasta el día ocho de Junio de 2.006 inclusive, transcurrieron en este Tribunal VEINTE DIAS DE DESPACHO, siendo estos días los siguientes: Febrero, 17, 20, 21, 22, 23, en Marzo 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 10, 22, 23, 24, 27, en JUNIO 6, 7, y 8, más los TREINTA Y UN DIAS DE DESPACHO que transcurrieron en el comisionado, para un gran total de CINCUENTA Y UN DIAS DE DESPACHO, más los 21 días de despacho en la promoción y agregación de pruebas para un total de SETENTA Y DOS DIAS DE DESPACHO, Conste, Mérida, Ocho de Junio de dos mil seis.-
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Ocho de Junio de dos mil Seis.-

196º y 147º
Visto el cómputo realizado por secretaria y por cuanto del mismo se observa que el lapso de promoción y evacuación de pruebas en el presente proceso, se encuentra totalmente vencido, se fija la presente causa para informes y por cuanto el proceso se encuentra paralizado, se ordena la notificación de las partes o en su defecto a sus apoderados judiciales si los hubiere, haciéndoseles saber que podrán presentar por escrito sus informes en el DECIMO QUINTO DIA de despacho siguiente al que conste en autos las resultas de la ultima notificación, pasados que sean DIEZ DIAS CONSECUTIVOS, en cualquiera de las horas de despacho fijadas en la tablilla del Tribunal.-Líbrese las boletas de notificación y entréguense a la alguacil del Tribunal para que las haga efectivas.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
En al misma fecha se libraron las boletas de notificación ordenadas y se entregaron a la alguacil para que las hagas efectivas.-
L A SIRIA,

ESCALANTE N.