EXP. Nº 2018

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
196º y 147º

SOLICITANTES: SANTIAGO MENDEZ CARMEN AURORA.-

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-

I
Vista la solicitud formulada por la ciudadana CARMEN AURORA SANTIAGO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.931.471, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Mérida, asistida por la abogado ANA DELINDA SOSA MARQUEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 65.350, mediante la cual solicita se les declare a ella, a su madre ciudadana CARMEN TERESA MENDEZ DE SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y hábil y a sus hermanos ciudadanos ISABEL TERESA, JOSE HUMBERTO y LILIANA SANTIAGO MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y hábiles como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, viuda, titular de la Cedula de Identidad N° V.-2.127.282, de este domicilio y hábil, quien era padre de la solicitante ciudadana CARMEN AURORA SANTIAGO MENDEZ y de sus hermanos ciudadanos ISABEL TERESA, JOSE HUMBERTO y LILIANA SANTIAGO MENDEZ y cónyuge de su madre ciudadana CARMEN TERESA MENDEZ DE SANTIAGO, según consta de las partidas de nacimientos y acta de matrimonio que anexamos y quién falleció ab-intestato en fecha 24 de febrero de 2006, según se desprende del Acta de Defunción, suscrita por el Registro Civil de la Parroquia Antonio Spinetti Dini del Municipio Libertador del Estado Mérida, Nº 28.-

II
La solicitud en referencia se le dio entrada en fecha 20 de abril de 2006, comisionando este Tribunal amplia y suficientemente al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, para que la parte promovente presente los testigos para su evacuación.- El Juzgado comisionado presentados los testigos ciudadanos: JOSE JULIO CESAR TORRES, JESUS ENRIQUE PAREDES PUENTE y JOSE ADELMO PUENTE ALBORNOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 687.146, V-2.450.924 y V- 3.497.186 en su orden, en fecha 16/05/2006 y visto el justificativo evacuado, en donde los testigos estuvieron contestes en afirmar que: PRIMERO: Que conocieron de vista trato y comunicación al de cujus JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ.- SEGUNDO: Que por el conocimiento que tienen les consta que el de cujus JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ, falleció el 24 de febrero de 2006.- TERCERO: Que les consta que el de cujus JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ, estuvo casado con la ciudadana CARMEN TERESA MENDEZ DE SANTIAGO.- CUARTO: Que por el conocimiento que dicen tener les consta que el de cujus, JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ, dejo cuatro hijos de nombres CARMEN AURORA, ISABEL TERESA, JOSE HUMBERTO y LILIANA SANTIAGO MENDEZ.
Esta declaración el Tribunal la acoge de conformidad con el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil y les da todo el valor probatorio. Y ASI SE DECIDE.-

DECISION
En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante JOSE HUMBERTO SANTIAGO GONZALEZ, a su esposa ciudadana CARMEN TERESA MENDEZ DE SANTIAGO y a sus hijos ciudadanos CARMEN AURORA, ISABEL TERESA, JOSE HUMBERTO y LILIANA SANTIAGO MENDEZ, anteriormente identificados. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.- Se ordena devolver las presentes
actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgado para su guarda y custodia.-
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE DECRETO.
DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. En Mérida, a los nueve días del mes de junio del dos mil seis.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN

En la misma fecha se publicó el anterior decreto siendo las once de la mañana.
LA SRIA.,

ABG. ESCALANTE NEWMAN