JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, veintinueve de junio dos mil seis.
196° y 147°
El tribunal vista la transacción celebrada en fecha 28-06-06, por la parte demandante ABG. DALTON CALDERON, titular de la cédula de identidad No. 2.459.841, Inpreabogado No. 8.959, que riela a los folios 99 y 100 del presente expediente, y contenida en el Acta levantada en la audiencia preliminar llevada a efecto en este Juzgado de la causa, y la parte demandada ciudadano RICHARD HUMBERTO MORENO ARELLANO y la empresa EXPRESOS HORIZONTE, en la persona de su presidente LUIS ENRIQUE FERREBUS DELMAR, a través de sus apoderados judiciales ABG. DOMENICA SCIORTINO FINOL Y ALCIDES JOSE FIGUERA GUERRERO, titulares de la cédula de identidad No. 8.016.930 y 5.471.207, Inpreabogado No. 24.195 y 62.812, respectivamente, llegaron a un acuerdo y transaron, que el demandado le repara el daño en forma total cubriendo en dinero efectivo la cantidad de Bs. 1.000.000,00 dejando satisfecha la reparación del daño, no teniendo más nada que reclamar; así mismo solicitan al tribunal se homologue la presente transacción y se archive el expediente. Este tribunal para decidir observa, que por cuanto consta en la precitada Acta levantada en la audiencia preliminar la existencia de la transacción celebrada entre las partes procesales demandante y demandado, y ella constituye uno de los medios de auto composición procesal que pone fin al proceso, siendo de carácter irrevocable aún antes de la homologación del tribunal, que una vez homologado le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; además de observarse que la transacción celebrada versa sobre derechos disponibles y sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, es por lo que este tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento civil, le imparte su homologación, da por terminado el juicio y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. NEDDY SALAS MORILLO
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. ANGEL EMIRO BRAVO R.
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