REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA

196° Y 147°

EXPEDIENTE NRO. 6477

La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por la ciudadana MARIA MARIELA CHAVARRY RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 8.031.584, asistida del Abg. PABLO EMILIO LOPEZ VIELMA contra JOSE GREGORIO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y hábil por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES---------
Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 14 de noviembre de 2.003, por este Juzgado, observándose que desde esta fecha en que se admitió la presente demanda, no ha habido otra actuación por parte de la actora, y como quiera que desde esta última fecha, hasta la presente en que se dicta esta decisión han transcurrido más de un dos años y siete meses sin que la parte actora haya gestionado la citación de la demandada; y de acuerdo con lo establecido en el artículo 267, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. -------------------
Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada u original de la presente sentencia.----------------------------------------------------------------------------------------------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, trece de junio de dos mil seis.
LA JUEZA:

ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA

ABG. SUSANA EVELIA PARRA CALDERON
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las doce y treinta y cinco de la mañana.
La Sria.
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