REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida veintiocho de junio de dos mil seis.-
196º y 147º
Vista la diligencia de fecha 21 de junio de 2006, que obra al folio doce (12) del expediente, en la cual la Abogado JACQUELINE VILLAMIZAR con el carácter de parte actora, desiste de la demanda en el presente juicio y por cuanto el desistimiento no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su homologación de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de embargo decretada en fecha 04 -04 -2006, igualmente se acuerda el desglose de la letra de cambio cursante al folio 03 y en su lugar se deja copia certificada de la misma, se da por terminado el juicio, y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. RORAIMA MENDEZ DE MAGGIORANI.

EL SECRETARIO


ABG. JESUS ALBERTO MONSALVE.