TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ Nº 01 Mérida, 17 de Marzo del año dos mil seis-

195º y 147º

Revisado como ha sido el presente expediente y vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano José Gregorio Rodríguez Monzón, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Ramón Hender Aníbal Soto Rincón, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.820, en la cual manifiesta que en fecha 06-03-06, se realizo convenimiento sobre la obligación alimentaría y bonos especiales en el expediente signado bajo el Nº 13344, y el mismo fue homologado, es por lo desiste de la presente causa, y solicita el cierre del expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 13326. DEMANDANTE: Rodríguez Monzon José Gregorio. DEMANDADA: Pérez Araque Darcy Carolina. MOTIVO: Ofrecimiento de Obligación Alimentaría. FECHA DE ENTRADA: 19-12-2005. CÚMPLASE.

LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLÉN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA

mj/13326