REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, 30 de Marzo del año dos mil seis.
195º y 147º
VISTA.- El acta de convenimiento levantada a los ciudadanos Rangel Dávila José Armando y Marquina Dugarte Valentina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.107.585 y V-15.295.058 en su orden, en su condición de padres del niño Omitir nombre, de seis (06) años de edad, por ante este Tribunal de Protección, en fecha 23 de Marzo del 2006, quienes convinieron en el siguiente acuerdo con respecto al régimen de visitas haciéndolo en los siguientes términos: El padre ciudadano José Armando Rangel Dávila, compartirá con el niño Omitir nombre, dos fines de semana al mes, es decir, lo buscara el día sábado a las 9:00 am y lo llevara al domicilio de la madre Valentina Marquina Dugarte, el día Domingo a las 6:00 pm. Los días de Lunes a Viernes el padre podrá compartir con el niño previo acuerdo entre las partes respectando su horario escolar, en cuanto a las vacaciones escolares semana santa, diciembre y carnaval será compartida en partes iguales. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño Omitir nombre, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: Rangel Dávila José Armando y Marquina Dugarte Valentina, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño Omitir nombre, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 13169 de Homologación de Régimen de Visitas. CÚMPLASE.-----------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
Mj/13169