REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, tres de marzo de dos mil seis
195º y 147º
EXPEDIENTE Nº: LP21-L-2005-000317
PARTE ACTORA: SARA BARBOZA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.959.507, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA VIRGINIA PERNIA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.173.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL ARQUEX C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 21 de diciembre de 1.999, bajo el N° 41, Tomo A-27.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GIOVANNINA SOTTILE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.847.685, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.307.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.-
Vista la diligencia de fecha 01 de marzo de 2006, que corre agregada al folio 83 del presente expediente, suscrita por una parte, la abogada el ejercicio Giovannina Sottile, en su condición de representante legal de la parte demandada, y por la otra la ciudadana Sara Barboza Carrillo, en su condición de parte actora, asistida en este acto por la abogada María Virginia Pernia Ramírez, en el cual la parte demandada hace entrega de Bolívares TRESCIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs. 300.000,00) a la ciudadana Sara Barboza Carrillo, parte actora en el presente juicio. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda conforme a lo solicitado, en consecuencia, homologa la presente transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada dándose por terminado el presente juicio y ordena el cierre y archivo del expediente. Cópiese y Publíquese.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los tres días del mes de marzo de Dos Mil Seis.
LA JUEZ,
ABG. MARIANA APONTE QUINTERO
LA SECRETARIA,
ABG. EGLI MAIRE DUGARTE
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se dictó la presente decisión siendo las 10:41 a.m.
LA SECRETARIA,
ABG. EGLI MAIRE DUGARTE
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