REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, seis de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO : LH21-L-2003-000058


ACTA DE DESISTMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO

N° DE EXPEDIENTE: LH21-L-2003-000058
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS NOGUERA
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARÍA VIRGINIA PERNÍA RAMÍREZ, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: SERENOS ORINOCO S.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y TROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy seis de marzo de dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.


LA UEZA,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO




LA SECRETARIA,




EGLI MAIRE DUGARTE DURAN





En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.




SRIA.