REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, dieciséis de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: LH21-L-2004-000132


ACTA DE DESISTIMIENTO



PARTE ACTORA: ROMELIA ELENA BARRUETA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.765.750, de este domicilio.


PARTE DEMANDADA: Fondo de Comercio denominado “HAPPY BABIES CLUB MATERNAL Y PREESCOLAR”, INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, bajo el Nº 59, Tomo B-7, de fecha 30 de octubre de 2.002.

MOTIVO: Cobro de prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales.

En el día hábil de hoy dieciséis de marzo de dos mil seis, siendo las 11:25 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Cobro de prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales ; se deja expresa constancia de que la parte actora ROMELIA ELENA BARRUETA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.765.750, de este domicilio no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si por intermedio de apoderado judicial alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195 °.
La Juez


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez




La Secretaria


Abg. Yurahi Gutiérrez