REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinte de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: LH21-L-2003-000093


ACTA DE DESISTIMIENTO



PARTE ACTORA: MARCELINO JOSÉ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.117.956, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA: PROTECCIÓN PRIVADA COMPAÑÍA ANÓNIMA "PROPILIDER C.A."

MOTIVO: Cobro de Prestaciones sociales y otros Conceptos Laborales.


En el día hábil de hoy veinte (20) de marzo de dos mil seis (2.006), siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Cobro de Prestaciones sociales y otros Conceptos Laborales; se deja expresa constancia de que la parte actora MARCELINO JOSÉ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.117.956, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195 °.
La Juez,


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez



La Secretaria



Abg. Yurahi Gutiérrez.