REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, seis de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ASUNTO: LH21-L-2004-000159


ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA: MAJORI JAQUELINE SÁNCHEZ RIVAS, JUAN FRANCISCO RAMÍREZ, PEDRO ALFONSO PIRELA, ADELMO JOSÉ DUGARTE y LUÍS GERARDO ALDAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.046.086, 4.488.640, 3.463.023, 10.401.769, 12041.153 y 5.526.529, de este domicilio.

APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NEIRA MARGARITA TORRES GUERRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.893.

PARTE DEMANDADA: ORGANIZACIÓN DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, C.A. (ORVISE)

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales.

En el día hábil de hoy seis (06) de marzo de dos mil seis (2.006), siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales; se deja expresa constancia de que la parte actora MAJORI JAQUELINE SÁNCHEZ RIVAS, JUAN FRANCISCO RAMÍREZ, PEDRO ALFONSO PIRELA, ADELMO JOSÉ DUGARTE y LUÍS GERARDO ALDAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.046.086, 4.488.640, 3.463.023, 10.401.769, 12041.153 y 5.526.529, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147° y 195°.

La juez,



Abg. Yajaira Rojas de Ramírez




La Secretaria


Abg. Egli Mairé Dugarte Durán.