REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, ocho de marzo de dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: LP21-L-2005-000465
ACTA DE DESISTIMIENTO
PARTE ACTORA: JOSÉ GREGORIO VARELA VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.475.216, de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: SERGIO GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.631.
PARTE DEMANDADA: MEGATUR, C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy ocho de marzo de dos mil seis, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES se deja expresa constancia de que la parte actora: JOSÉ GREGORIO VARELA VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.475.216, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195 °.
La Juez,
Abg. Yajaira Rojas de Ramírez
La Secretaria,
Abg. Egli Maire Dugarte Durán
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