REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 8 de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000131

Por cuanto este Tribunal recibió en fecha primero (1°) de febrero de 2006, la causa N° LP01-P-2005-9231, seguida en contra del penado Enrique Saldaña, quien fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a cumplir la pena de dos (2) años de prisión, por la comisión del delito de Hurto de Vehículo Automotor Tentado, previsto en el artículo 4 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, se acuerda acumularla a la presente causa, signada con el N° LP01-P-2003-131, seguida contra el mismo penado, quien fue condenado a cumplir la pena de cuatro (4) años y cuatro (4) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma Blanca y Falsa Atestación ante Funcionario Público, previstos en los artículos 278 y 321 del Código Penal, ya que ésta última causa contiene una penalidad mayor, todo conforme a los artículos 70.4, 71.1 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Corríjase la foliatura. Cúmplase.
El Juez de Ejecución N° 3

Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria

Se libraron boletas de notificación N° _____________________y se corrigió la foliatura, dándole cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria