REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 7 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2003-000567
Visto el escrito presentado por el ciudadano penado Wilmer Enrique Navarro Ojeda, mediante el cual solicita nuevamente la concesión del beneficio de la conmutación del resto de la pena que le falta por cumplir en confinamiento, este juzgado observa que tal solicitud fue denegada en fecha 10 de noviembre de 2005, mediante decisión inserta a los folios 1170 al 1172, la cual fue ratificada en fecha 21 de diciembre del mismo año, mediante decisión inserta a los folios 1227 y 1228. En ambos pronunciamientos, se denegó tal petición por cuanto el penado es reincidente, situación que lo imposibilita de optar a tal beneficio conforme al artículo 56 del Código Penal. Por esta consideración, este Juzgado de Ejecución N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal y 56 del Código Penal, declara manifiestamente improcedente la solicitud presentada por el penado Wilmer Enrique Navarro Ojeda, referente a la concesión del beneficio de confinamiento, por cuanto el mismo es reincidente. Así se decide. Notifíquese a las partes.
El Juez
Abg. Gustavo Curiel Salazar.
La Secretaria
Se libraron boletas de notificación N° _____________________cumpliendo lo ordenado.
La Secretaria.