PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL N° 04
El Vigía, 21 de Marzo de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-001941
ASUNTO : LP11-P-2005-001941
DECISIÓN NRO. 682/06

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por GERSON ROLANDO DIAZ ACOSTA, a favor de PERSONA DESCONOCIDA, en perjuicio de SONIA DEL CARMEN VERGARA, no consta identificación en las actas procesales, hechos ocurridos en fecha 7 de Julio de 1977, se inicio procedimiento por el antiguo Cuerpo de Investigaciones, Seccional el Vigía, por la presunta comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal derogado, Dicha investigación Nro. 87-32 (…) aparece una joven quien apareció en la curva de muyapa del sector tucanizón del Estado Mérida, se encontraba completamente desnuda y bajo sustancias psicotrópicas, la misma sangraba por la parte del aparato genital (…) según acta policial de fecha 7-07-1977, inserta a los folios 1 al 7 de la causa, y el escrito fiscal inserto al folio35; conforme al artículo 318 numeral 3º y articulo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, aunado a que han transcurrido más del tiempo reglamentario y no se ha logrado identificar ni a la victima ni mucho menos a los responsables del hecho mencionado.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se ha observado que ha transcurrido desde la fecha de los hechos, ha transcurrido más del termino legal correspondiente ya que los mismos ocurrieron en fecha 7 de Julio de 1977, de conformidad con el articulo 108 ordinal 7 del Código Penal, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de PERSONA DESCONOCIDA, en perjuicio de ciudadana SONIA DEL CARMEN VERGARA, fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 en armonía con el artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA, la Extinción de la acción penal, por haber transcurrido el tiempo, siendo esta una causa de prescripción, acordándose EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de PERSONA DESCONCIDA en perjuicio de SONIA DEL CARMEN VERGARA, no consta identificación en las actas procesales, hechos ocurridos en fecha 7 de Julio de 1977, se inicio procedimiento por el antiguo Cuerpo de Investigaciones, Seccional el Vigía, por la presunta comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal derogado, de conformidad con los artículos mencionados y artículos 318.3; 48.8 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes, en caso de no ubicar a las partes se acuerda notificar de conformidad con los artículos 181 y 183 del COPP. DEJESE COPIA. CUMPLASE.
LA JUEZA DE CONTROL N° 04
ABOG. DEISY MAGALY BARRETO COLMENARES
SECRETARIA
ABG.