REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01
El Vigía, 06 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-000419
ASUNTO : LP11-P-2005-000419
Visto: De los folios 56 al 58 del presente asunto penal, corre inserto el auto decisorio sobre el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano BREYDI ALONSO BOHADA URBINA, plenamente identificado en autos, dictado por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 11-05-2005 de conformidad con lo previsto en los artículos 24, 29 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 318 numeral 3, 48 numeral 8 y 553 del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con el artículo con el artículo 108 ordinal 4 del Código Penal por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, igualmente, corre inserto al folio 37 del presente asunto, Experticia Química Botánica de la Sustancia (droga) decomisada, la cual arrojó como resultado: Muestra A: Empaque original y diez (10) gramos con trescientos (300) miligramos de marihuana (Cannabis Sativa); Muestra B: Empaque original y seis (06) gramos de clorhidrato de cocaína mezclado con un anestésico local del tipo lidocaina, sustancias estas, que por auto de fecha 26-01-2001, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio El Vigía, Estado Mérida, remite a la Fiscalía Superior del Ministerio Público junto con el expediente respectivo, un sobre de color amarillo contentivo de diez (10) gramos con trescientos (300) gramos de marihuana y seis (06) gramos de clorhidrato de cocaína, de conformidad con lo previsto en el artículo 507 ordinal 1° del reformado Código Orgánico Procesal Penal (folio 53). Corre al folio 58 de la causa en su parte dispositiva, la remisión de la causa al Tribunal de Ejecución, a los fines de la destrucción de la sustancia decomisada inserta al folio 37 de la presente causa. Ahora bien, dada la vigencia y aplicación de la nueva Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 en concordancia con el artículo 119 de la referida Ley, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: Remitir al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, copias debidamente certificadas del auto de SOBRESEIMIENTO de la causa, y Experticia Química Botánica, a los fines de que solicite ante el Juez de Control, autorización para la destrucción de la droga incautada o confiscada conforme a o previsto en los artículos 112, 118 y 119 de la nueva Ley antes mencionada ley, en concordancia con lo previsto en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Efectuada la destrucción de la droga incautada en la presente causa, remitir a este Tribunal las resultas de la misma, a los fines de ser agregadas al asunto principal, a objeto de dar por terminado el presente asunto. Remítase con oficio las copias certificadas ordenadas. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. CARMEN AIDA VELAZQUEZ MALDONADO
LA SECRETARIA,