REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL "EL VIGIA"



GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. EL VIGIA, SIETE DE MARZO DE DOS MIL SEIS.
195º Y 146º
Vista la diligencia de esta misma fecha, suscrita por el abogado Gamaliel Rodríguez Carvajal, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 84.980, domiciliado en la ciudad de Valencia, aquí de tránsito, apoderado judicial de la parte demandada ciudadano Juan Carlos Sosa Gómez, por una parte y por la otra parte el abogado Kaswan D`Jesús Valero Rondon, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 70.167, apoderado judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil Drolanca, mediante la cual realizaron TRANSACCIÓN, este Tribunal, observa:
El presente juicio versa sobre cobro de bolívares por la vía intimatoria y de la revisión de las actas que constan en el presente expediente, se puede constatar que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y la transacción versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con los artículos 256 y 525 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA la presente transacción. Así se establece.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABOG. JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,

ABOG. NORIS C. BONILLA V.
Rq.