REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA

195° Y 147°

EXPEDIENTE NRO.6326



La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por la ciudadana, abogada ANA ZORAYDA URIBE A. Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro.15.753.525, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 69.939, de este domicilio y hábil, en su condición de Endosataria en Procuración de una Letra de Cambio. CONTRA: GERMAN MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro7.319.732, de este domicilio y hábil, por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA--------------------------------------------- Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 25 DE Marzo De 2.003 por este Juzgado, observándose que la última actuación efectuada por la parte actora es de fecha 01 de Marzo de 2.004, la cual obra al folio nueve (09) del presente expediente, y como quiera que desde esta última fecha , hasta la presente en que se dicta esta decisión han transcurrido más de dos (2) años de inactividad procesal; de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. ---------------------------------------
Regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.----------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, seis de Marzo de 2006.
LA JUEZ:

ABG. FRANCINA M. RODULFO ARRIA



LA SECRETARIA:

ABG. SUSANA E. PARRA C.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las once de la mañana.

LA SECRETARIA.

ABG. SUSANA E. PARRA C.

Mcgd.-