REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, jueves nueve de Marzo de dos mil seis.-
195° y 147°
Vista la transacción realizada entre las partes demandante y demandada, en fecha 17 de Junio de 2004, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial, la cual riela inserta a los folios 7 y 8 del cuaderno de medida de Secuestro. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, el Tribunal le imparte su homologación con el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se suspende la medida preventiva de Secuestro decretada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente. Déjese copia certificada del presente auto.-
La Juez Provisorio,
Abg. Roraima Solange Méndez de M.-
El Secretario,
Abg. Jesús Alberto Monsalve.-