REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Tovar, Seis de Marzo de Dos Mil Seis.
195° y 146°
Vista la diligencia que obra al folio once (11) del cuaderno principal, suscrita por los ciudadanos LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, con el carácter de apoderado de la parte demandante, por una parte y por la otra BLANCA MARGARITA ZERPA MORENO, asistida por el abogado OSCAR IGNACIO LINARES MORALES, identificados, mediante la cual convienen en realizar una transacción, este Tribunal con vista a lo solicitado, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, dándosele el carácter de Sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada, todo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. En consecuencia, se suspende la medida de embargo preventivo decretada en fecha 13 de febrero de 2006, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el pago total de las letras demandadas.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. YANIUSKA OMAÑA GOMEZ.
LA SECRETARIA ACC
LIGIA E. GUERRERO M.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en autos.
La Secretaria Acc.
LIGIA E. GUERRERO M.
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