REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 02. Mérida, Diecisiete (17) de Mayo del año dos mil seis.
196º y 147º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos MIGUEL ANGEL OCANTO RIVAS y JANETH JOSEFINA DUGARTE DE OCANTO, venezolanos, mayores de edad, casados, Albañil y Técnico en Informática, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.100.256 y V-11.468.310, domiciliado el primero en Ejido, calle Urdaneta, Barrio Manzano Abajo, 2 trasversal casa Nº 45 y la segunda en Barrio Santo Domingo, calle principal Nº 2-35, Municipio Campo Elías, Estado Mérida, por ante la Defensoria “Mahatma Gandhi”, de los Derechos del Niño y del Adolescente, del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha veintiséis (26) de Abril de dos mil seis, quienes en su condición de padres y representantes legales del niño OMITIR NOMBRE, de diez (10) de edad, convinieron voluntariamente en establecer un Régimen de Visitas a favor de su hijo en los siguientes términos: El padre ciudadano MIGUEL ANGEL OCANTO RIVAS, tendrá un régimen de visitas abierto y los sábados y domingos entre las horas de 9:00 a.m. a 6:00 p.m., respectando el horario educativo del mismo, en las vacaciones de agosto y en la navidad por mutuo acuerdo entre padres e hijo. Ambas partes solicitan se HOMOLOGUE el presente Convenimiento. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos MIGUEL ANGEL OCANTO RIVAS y JANETH JOSEFINA DUGARTE DE OCANTO, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.
LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 02.
ABOG. GLADYS JASPE DE OCANDO.



LA SECRETARIA TITULAR

ABG. ELSY GUILLEN RAMIREZ.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.-


Fm/14275