REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, 22 de Mayo del año dos mil seis.
196º y 147º
VISTA.- El acta de convenimiento suscrito por los ciudadanos Marleni Hernández Dugarte y José Gregorio Toro Rivera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.784.715 y 9.474.404, asistidos en este acto por los abogados Carmen Dolores Vergara, Pedro David López Chirinos y Any Kharina Valero, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros 109.921, 70195 y 97.019, por ante este Tribunal de Protección, en aras de llegar a la culminación del presente juicio el demando acepta o conviene el régimen de visitas propuesto y bajo las condiciones que solicita la demandante para su hija OMITIR NOMBRE, la cual es que el padre ciudadano José Gregorio Toro Rivera, compartirá con la niña todos los domingos en las tardes en el Parque Las Heroínas, desde las 03:00 pm, con la posibilidad de ampliarlo si la niña se adapta a él como padre. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: Marleni Hernández Dugarte y José Gregorio Toro Rivera, plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 14097 de Fijación de Régimen de Visitas. CÚMPLASE.-----------------
LA JUEZA TEMPORAL DE JUICIO Nº 01
ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Sría.
mj/14097