REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veintidós de mayo de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: LH22-L-2003-000075


ACTA DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:

WILLIAN ENRIQUE MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.282.932, de este domicilio.

PARTE DEMANDADA:

SOCIEDAD MERCANTIL SISTEMAS OPERATIVOS C.A.-

MOTIVO:

Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.


En el día hábil de hoy veintidós (22) de mayo de dos mil seis (2.006), siendo las 11:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales; se deja expresa constancia de que la parte actora WILLIAN ENRIQUE MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.282.932, de este domicilio, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° de la Independencia y 196 ° de la Federación.
La Juez


Abg. Yajaira Rojas de Ramírez



La Secretaria


Abg. Egli Maire Dugarte Durán.