REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 2 de Mayo de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : LL01-S-2000-000004
ASUNTO : LL01-S-2000-000004
AUTO ACORDANDO TRASLADO DEL PENADO AL IAHULA
Visto el Informe que obra al folio 874, suscrito por el Médico Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de Mérida, Dr. ALEXIS BRICEÑO RIVAS, en el cual recomienda que el penado GÓMEZ LACRUZ DOUGLAS JAVIER, sea evaluado en el Servicio de Neurología del Hospital Universitario de los Andes, este Tribunal en virtud de que la Defensa del penado está solicitando una Medida Humanitaria y en aras de garantizar el derecho a la salud consagrado en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda el traslado del mencionado penado al Departamento de Neurología del Hospital Universitario de los Andes, el día viernes cinco (05) de mayo de 2006, a las ocho de la mañana, a los fines antes indicados.
A tal efecto, se acuerda librar la correspondiente Boleta de Traslado y Oficio al Jefe del Departamento de Neurología del mencionado centro asistencial, para que se sirva tomar las previsiones necesarias para la atención y evaluación neurológica del mencionado penado, remitiéndole copia certificada del Informe que obra inserto al folio 874 y su vuelto y requiriéndole que una vez culminado el estudio correspondiente, se remita informe con sus resultas a este Tribunal. Una vez consignados los resultados en este Tribunal, se procederá a resolver sobre la Medida Humanitaria solicitada. Así se decide, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
LA SECRETARIA
ABG. ___________________________
Se libró Boleta de Traslado N° ____________________________ y Oficio N° _____________________________________.-
La Secretaria
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