PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA,
EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01
El Vigía, 11 de Mayo de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-002273
ASUNTO : LP11-P-2005-002273
Visto el escrito suscrito por la Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Abogado GERSON ROLANDO DÍAZ ACOSTA, mediante el cual solicita ante éste Tribunal se decrete el Sobreseimiento de la presente causa a favor de OSCAR ALBERTO QUIROZ ROMERO por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal derogado, por considerar que en la causa no se practicaron más diligencias tendientes a buscar elementos de convicción para determinar la responsabilidad penal del ciudadano a cuyo favor solicita el sobreseimiento, considerando que ha operado la prescripción de la acción penal de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal, extinguiéndose en consecuencia la acción penal de conformidad con lo previsto en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, tomando en consideración que el hecho ocurrió el 03/01/1984 transcurriendo a la presente fecha 04/05/2006, más de veintidós (22) años, tiempo superior al exigido por el legislador para que se declare extinguida la acción penal. El Tribunal para decidir previo el análisis y estudio los elementos de convicción que acompaña la solicitud considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO en la presente causa solicitada por la representación Fiscal. Del contenido de las Actas presente, se observa que el hecho ocurrido encuadra en los delitos de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal Derogado, cuya pena asignada de uno (01) a cinco (05) años de prisión, con un tiempo de prescripción de tres (03) años, de conformidad con el artículo 108 ordinal 5º del Código Penal.
DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano OSCAR ALBERTO QUIROZ ROMERO, no consta en la presente acta identificación plena, por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA previsto, en el artículo 470 del derogado Código penal en perjuicio del ciudadano ELEUTERIO PÉREZ BECERRA, titular de la cédula de identidad Nro. 1.403.195, residenciado en Buenos Aires, Fundo Asodega, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 108 ordinal 5º del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y en cuanto a la víctima y el imputado, se ordena su notificación fijando las respectivas boletas a las puertas del tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que por el transcurso del tiempo la dirección que consta en la presente causa pudo desaparecer o cambiar. Una vez que transcurra el lapso de ley se acuerda remitir la presente causa al Archivo Judicial, certifíquese por secretaría. Cúmplase. Dada sellada y firmada en la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los once (10) días del mes de Mayo de dos mil seis (2006).
LA JUEZ DE CONTROL Nº 01
ABG. JOSEFA CASTELETTI DE MORA.
LA SECRETARIA.
ABG. THAIS MARQUEZ GARCIA.
En fecha: ________ se libraron las boletas Nos._______________________
Conste/SRIA
|