REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL N° 04
El Vigía, 12 de Mayo de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2005-002576
ASUNTO : LP11-P-2005-002576

DECISIÓN NRO. 806/06

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por Abg. AURISTELA MARCANO BELLO, procediendo en su carácter de Fiscal Para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según escrito Fiscal inserto al folio 62 de la causa, entre otras cosas expuso:…Que de las actas que conforman el Expediente signado con el N° 991005, se observa que en fecha 22/2/1999, se inició procedimiento por el Cuerpo Técnico de Policía Judicial (Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas) Seccional Caja Seca, por la presunta comisión de uno de los Delitos Contra Las Personas, en el que aparece como imputado EDGAR ALEXANDER MARIN, cédula de identidad N° 12.540.425, domiciliado en el camellón Castillo La Vieja, casa S/N, el Quebradón Estado Mérida; AVILA MARIN DOUGLAS JAVIER, cédula de identidad N° 15.943.345, domiciliado en el camellón Castillo La Vieja, casa y como víctima(s) ORLANDO ANTONIO OLIVAR LINARES, cédula de identidad N° 14.656.517, domiciliado en la Finca Campo Alegre, ubicada en el sector El Quebradón, Estado Mérida y BRUNO BARLAFANTE SALAZAR., cédula de identidad N° 8.038.256, domiciliado en la Finca Campo Alegre;…se inició, por denuncia formulada por el ciudadano Orlando Antonio Olivar Linares, ya identificado, (Folio 1 y vuelto), quien manifestó: ...un grupo de muchachos... entre todos me tiraron al suelo...y me agarraron a golpes...mi patrón de nombre Bruno Barlafante se metió para tratar de quitármelo de encima, entonces otro de los muchachos le pegó una pedrada...". Elementos de Convicción tales como, el Reconocimiento Médico Legal (Folio 16) practicado al ciudadano Olivar Linares Orlando Antonio, determina Lesiones que ameritaron asistencia médica y deberán sanar en un lapso de ocho días. Así mismo el Reconocimiento Médico Legal (Folio 17) practicado al ciudadano Bruno Barlafante Salazar infiere lesiones que alcanzan curación en un lapso de ocho días y requirió asistencia médica;… curso de la investigación llevada por el organismo instructor, se practicaron diversas diligencias tendientes al esclarecimiento del hecho investigado, evidenciándose que el mismo constituye el delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del derogado Código Penal Venezolano, siendo dicha solicitud a favor de EDGAR ALEXANDER MARIN y DOUGLAS JAVIER AVILA MARIN conforme al artículo 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito mencionado(…). -------------------------------------------------
Analizado como ha sido por este tribunal observa: Que desde la fecha en que se cometió el delito, es decir, desde el 22/2/1999, hasta la presente ha transcurrido un tiempo superior al establecido en el artículo 108 ordinal 6° del Derogado Código Penal Venezolano, para que proceda la prescripción ordinaria de la acción penal, sin que se haya realizado actuación alguna que interrumpa el referido lapso, es por lo que se hace procedente en el presente caso, siendo que el acto conclusivo presentado reúne los parámetros establecidos en la norma legal correspondiente, vale decir, el Sobreseimiento de la Causa por Extinción de la Acción Penal; siendo así las cosas, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano EDGAR ALEXANDER MARIN y DOUGLAS JAVIER AVILA MARIN antes identificado, por el delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del derogado Código Penal Venezolano, fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8°, 108 ordinal 7° eiusdem, seguida a EDGAR ALEXANDER MARIN, cédula de identidad N° 12.540.425, domiciliado en el camellón Castillo La Vieja, casa S/N, el Quebradón Estado Mérida; AVILA MARIN DOUGLAS JAVIER, cédula de identidad N° 15.943.345, domiciliado en el camellón Castillo La Vieja, casa, por cuanto la acción penal se ha extinguido por el transcurso del tiempo, siendo una causa de prescripción penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión el Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano EDGAR ALEXANDER MARIN y DOUGLAS JAVIER AVILA MARIN, en perjuicio de ORLANDO ANTONIO OLIVAR LINARES, cédula de identidad N° 14.656.517, domiciliado en la Finca Campo Alegre, ubicada en el sector El Quebradón, Estado Mérida y BRUNO BARLAFANTE SALAZAR., cédula de identidad N° 8.038.256, domiciliado en la Finca Campo Alegre; por el delito de Lesiones Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del derogado Código Penal Venezolano, por cuanto la acción penal se ha extinguido por el transcurso del tiempo, siendo una causa de prescripción penal. de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 en concordancia con lo establecido en los artículos 48 numeral 8°, del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes, y en caso de no ubicarlos notificar de conformidad a los artículos 181 y 183 del COPP. Así se decide. Cúmplase.

LA JUEZA DE CONTROL N° 04

ABG. DEISY MAGALY BARRETO COLMENARES

SECRETARIA

ABG. BLANCA PERNIA