REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, SECCION DE ADOLESCENTES. MERIDA; TRES DE MAYO DE 2006.-------------------------------------------
196º y 147º
ASUNTO: AUTO HACIENDO COMPUTO DE LA MEDIDA DE SERVICIOS COMUNITARIOS.
E1-335-05.
DELITO: ROBO AGRAVADO y LESIONES INTENCIONALES LEVES.
DEFENSOR PUBLICOLISBETH CASTILLO VIVAS.
FISCALIA DECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO.
Vistos: Revisada como ha sido la presente causa signada con el Nº E1-335/05; Adolescente sentenciado: IDENTIDAD OMITIDA, se observa: ---------------------------------
PRIMERO: Que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue condenado el día 07 de junio de 2005, con las medidas de reglas de conducta por un (02) años, servicios comunitarios por seis (06) meses y libertad asistida por dos (2) años, previstas en los literales b, c y d del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y LESIONES INTENCIONALES LEVES, en perjuicio de los ciudadanos: OMAR ANTONIO PEREZ y YELITSA MONSALVE.---------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Que del folio 79 al 89, ambos inclusive, obra un auto fundado, por el cual la Juez de Ejecución, en fecha 09-09-2005, dictó auto ejecutorio en la mencionada causa, donde indica en cuanto a los Servicios a la Comunidad, el adolescente deberá realizar tareas de carácter gratuito en jornadas de cuatro horas semanales, durante seis (06) meses, contados a partir del inicio de las mismas, sumando un total de noventa y seis (96) horas. ------------------------------------------------------
TERCERO: Del folio 125 se observa oficio Nº 113-06, de fecha 24 de abril del año 2006, donde la Trabajadora Social encargada de la supervisión de la medida, indica que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ha cumplido nueve (9) horas de servicio comunitario, durante dos (2) semanas.----------------------------------------------------
DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia, en Funciones de Ejecución Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, le falta por cumplir OCHENTA Y SIETE (87) HORAS DE TAREAS COMUNITARIAS, por un tiempo QUE VA DESDE EL DÌA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2006 AL 06 DE JUNIO DE 2006, en jornadas de ocho (8) horas semanales. -----------------------------------------------------------
Igualmente el Tribunal expresa: que si efectivamente el adolescente cumple con los Servicios a la Comunidad, el Tribunal decretará su cesación una vez se reciba la información respectiva, por órgano de la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección.---
Decisión esta que se toma de conformidad con los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boletas. Así se decide. -------------------------------------------------------
JUEZ PROFESIONAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 01
ABOG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ
LA SECRETARIA,
ABOG. YANETH MEDINA
En fecha _______________________ se libraron boletas Nº_______________________
La Secretaria.