REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES

cibido por distribución hoy, 24 de mayo de 2006, constante de 03 folios útiles el escrito de amparo y 82 folios útiles en anexos. Dése cuenta al ciudadano Juez.

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticuatro de mayo de dos mil seis.

196° y 147°

Visto el anterior escrito y sus recaudos anexos, contentivo del recurso de amparo constitucional interpuesto por la ciudadana MARÍA EUGENIA DABOÍN DE GARCÍA, actuando en su propio nombre y en representación de su menor hija (cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), asistida por el abogado OSCAR RAMÓN SOSA ROJAS, contra omisión imputada al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, a cargo de la Jueza Especial, abogada ANA CAROLINA GONZÁLEZ MORALES, désele entrada, curso de ley y fórmese expediente. En cuanto a la admisibilidad de la acción de amparo propuesta, este Tribunal resolverá lo conducente por auto separado.-

El Juez Provisorio,


Daniel Monsalve Torres

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se le dio entrada y se formó expediente bajo el N° 02709.


El Secretario,

Roger E. Dávila Ortega