REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

Horas de despacho del día de hoy, diez de mayo de dos mil seis, siendo las ONCE DE LA MAÑANA, día y hora señalada que tenga lugar el PRIMER ACTO RECONCILIATORIO del proceso, se abrió el acto previa las formalidades de Ley. Esta presente el ciudadano ALEJANDRO FARRUGGIO VELLA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.477.129, domiciliado en la ciudad de Mérida y hábil, en su carácter de parte actora en el proceso, asistido por su apoderado judicial abogado en ejercicio JOSE GERMAN UZCATEGUI RIVAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 14.054, de este domicilio y jurídicamente hábil, No se encuentra presente la parte demandada ciudadana DEIDREE DILEYA DEL VALLE MARTINEZ OSUNA, se encuentra presente el abogado MIGUEL ANGEL RIVAS VIVAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 27.470, de este domicilio y hábil, en su carácter de Defensor Judicial de la parte demandada, En este estado el Tribunal por cuanto observa que solamente se encuentra presente la parte actora, por tal motivo no las insta a la reconciliación y en consecuencia se les emplaza para el SEGUNDO ACTO RECONCILIATORIO que se verificará en el PRIMER DIA DE DESPACHO, siguiente al de hoy, pasados que sean CUARENTA Y CINCO DIAS CALENDARIOS O CONSECUTIVOS, a las ONCE DE LA MAÑANA. En este estado solicitó el derecho de palabra la parte actora a través de su apoderado judicial y expuso: “Insisto en continuar con el presente procedimiento de divorcio” No expuso más. Se deja constancia que no se encuentra presente la Fiscal del Ministerio Público del Estado Mérida, Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO


LA PARTE DEMANDANTE
ALEJANDRO FARRUGGIO VELLA




EL APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE

ABG. JOSE GERMAN UZCATEGUI RIVAS

EL DEFENSOR JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

ABG. MIGUEL ANGEL RIVAS VIVAS


LA SECRETARIA ACCIDENTAL

MARIA BERTOLA DE AGUILAR