REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Mérida, Dieciséis de Mayo de dos mil seis.

196º Y 147º

Vista la diligencia de fecha doce de Mayo del dos mil seis, suscrita por la ciudadana BRICEÑO VDA. DE GONZALEZ DELLY RAMONA, con el carácter de parte demandante en el presente proceso, y debidamente asistida por la abogada NELLY DARIAS DE TORRES, mediante la cual señala como TUTOR INTERINO en el presente juicio de interdicción de su hija DESIREE DEL CARMEN GONZALEZ BRICEÑO, al ciudadano CARLOS BRICEÑO RIVAS, venezolano, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.756.80, de este domicilio y civilmente hábil. Este Tribunal por cuanto observa que faltan las personas que formaran el consejo de tutela y el protutor interino, insta a la parte demandante y diligenciante ciudadana BRICEÑO VDA. DE GONZALEZ DELLY RAMONA, a que señale seis personas entre parientes o amigos , uno que será el PROTUTOR y cinco más que conformaran el CONSEJO DE TUTELA, hecho lo cual el tribunal resolverá lo conducente.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTE N.