REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticinco de mayo del dos mil seis.
196° y 147°
Visto el escrito que obra agregado al folio 148 del expediente, de fecha 17 de mayo del 2.006, suscrito por la ciudadana MARÍA EMILIA BOLADO ZAMBRANO, parte actora en el proceso, debidamente asistida por la abogada en ejercicio CARMEN BEST DÁVILA, mediante el cual de conformidad con el artículo 444 del Código de Procedimiento Civil, niega, rechaza, contradice y desconoce tanto el contenido y firma de los documentos consignados por la apoderada de la parte demandada que obran agregados a los folios 115, 116 y 117 del expediente, el Tribunal a los fines de determinar si dicho desconocimiento fue hecho en lapso establecido en el artículo 444 ejusdem, ordena previamente realizar un cómputo de los días de despacho transcurridos en el proceso, desde el día 10 de mayo del 2.006, exclusive, fecha en que constó de autos la consignación de los documentos desconocidos, hasta el día 17 de mayo del 2.006, inclusive, fecha en que fue interpuesto el escrito de desconocimiento en referencia.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.



LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTENEWMAN.



La suscrita, ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA ACCIDENTAL del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, HACE CONSTAR: Que conforme lo ordenado en el auto que antecede y según consta de los asientos del Libro Diario del Tribunal, paso a efectuar el cómputo de los días de despacho transcurridos en el proceso, desde el día 10 de mayo del 2.006, exclusive, fecha en que constó de autos la consignación de los documentos desconocidos, hasta el día 17 de mayo del 2.006, inclusive, fecha en que fue interpuesto el escrito de desconocimiento en referencia, observándose que transcurrieron CINCO (5) DÍAS DE DESPACHO, siendo esos días los transcurridos el jueves
11, viernes 12, lunes 15, martes 16 y miércoles 17 de mayo del 2.006. Conste. Mérida, veinticinco de mayo del dos mil seis.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinticinco de mayo del dos mil seis.
196° y 147°
Por cuanto del cómputo anterior se desprende, que el escrito de desconocimiento de documentos hecho por la actora, asistida de abogado, en fecha 17 de mayo del 2.006, fue interpuesto en el lapso establecido en el artículo 444 del código de Procedimiento civil, el Tribunal admite dicho desconocimiento de los documentos consignados por la apoderada de la parte demandada, que obran agregados a los folios 115, 116 y 117 del expediente, por no ser contrario a la ley, a las buenas costumbres y al orden público.
Y vista la diligencia de fecha 24 de mayo del 2.006, suscrita por la abogada en ejercicio LOURDES MOLINA RIVAS, en su carácter de apoderada de la parte demandada, mediante la cual de conformidad con el artículo 445 ejusdem, promueve la prueba de cotejo de los documentos desconocidos por la parte actora. En consecuencia, el Tribunal admite dicha prueba por no ser contraria a la ley, a las buenas costumbres y al orden público, salvo su apreciación en la definitiva, en tal virtud, de conformidad con el artículo 452 de la norma adjetiva, se fija el SEGUNDO DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a las ONCE DE LA MAÑANA, para que tenga lugar el ACTO DE NOMBRAMIENTO DE EXPERTOS GRAFOTÉCNICOS en el proceso, y así se decide.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN.